Entre clicks y ladrillos, la autoridad saliente podría dejar el precedente que guíe a la nueva era de competencia en México.
Por: Julio García. Socio de Datelys
¿Cuántos de nosotros no hemos estado en ese instante en que algo importante puede perderse por una sola decisión —o por no tomarla a tiempo—? En estrategia militar, se le llama punto culminante: el momento en que una ofensiva ya no puede seguir avanzando y debe cumplir su misión antes de perder la iniciativa.
Hoy, la Cofece enfrenta su propio punto culminante institucional. Cada resolución que adopte en este tramo final no solo marcará su legado, sino que configurará el terreno sobre el que la nueva autoridad deberá operar desde el primer día. El tiempo para influir se acorta: lo que la Cofece no defina ahora, quedará definido por otros, y quizá bajo criterios distintos.
Esta urgencia convierte cada decisión pendiente en un acto con doble carga: cerrar expedientes de alto impacto y fijar el estándar técnico que servirá de brújula a la CNA. En particular, sobresale un caso que podría convertirse en su última gran resolución en mercados digitales: un procedimiento en el que el dictamen preliminar afirmó que no hay condiciones de competencia efectiva en el “comercio electrónico minorista” y recomendó imponer “medidas correctivas” sobre Mercado Libre y Amazon. Si el Pleno resuelve antes del relevo, esta decisión no solo cerrará un expediente emblemático, sino que se convertirá en el referente inmediato con el que la CNA comenzará a ejercer sus nuevas atribuciones.
Al tratarse de un caso que involucra plataformas digitales, surge la tentación de definir el mercado únicamente por el canal. Sin embargo, como señala Herbert Hovenkamp,1 académico de la Universidad de Pensilvania, Internet no debe considerarse como un mercado en sí mismo para efectos de la ley de competencia. En su lugar, el análisis antimonopolio requiere un enfoque producto por producto para definir el mercado, identificando qué alternativas —tanto en línea como fuera de línea— realmente compiten y pueden mantener los precios bajo control. La pregunta central es hasta qué punto las
1 Hovenkamp, H. (2025). Antitrust and eMarkets. Recuperado de
https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=4962651
ventas en comercio electrónico compiten con las ventas en comercio físico, y la respuesta varía según el producto.
Con esa mirada, Hovenkamp distingue tres tipos de mercados: los puramente digitales — como motores de búsqueda o streaming de video—; los esencialmente físicos, como los cortes de cabello; y los híbridos, como el comercio minorista de bienes, donde opciones físicas y digitales compiten cara a cara. En estos últimos, mantener precios altos resulta difícil porque el consumidor siempre tiene un “clic de salida” hacia otra tienda virtual o la posibilidad de ir a una tienda física.
En este contexto, la definición de mercado solo como “comercio electrónico” infla artificialmente la participación que parecen tener los marketplaces e ignora la presión competitiva que ejercen otros canales. Bajo esa premisa, imponer medidas regulatorias podría derivar en precios más altos, menor calidad de servicio y menos innovación. Además, daría una ventaja relativa a competidores, pero no por mérito propio, sino por regulaciones que encarecerían y limitarían la operación de las empresas afectadas.
La ruta prudente es clara: definir mercados sin prejuicios de canal e imponer medidas correctivas sólo cuando exista evidencia de que mejorarán el funcionamiento del mercado, y no cuando —como en el caso del dictamen preliminar— parten de análisis que ignoran la sustituibilidad entre canales.
El mejor legado que la Cofece puede dejar a la CNA es un precedente basado en autonomía, rigor técnico y evidencia sólida. Hoy, en su punto culminante, la autoridad tiene la oportunidad de decidir con estas características. Mañana, quién sabe.